miércoles, 3 de septiembre de 2014

No me llames Dolores, llámame Lola

Sonia Sierra



Francesc Homs, el portavoz del Gobierno autonómico catalán, declaró el viernes pasado, con su habitual donaire, que la consulta se hará porque hay "sólidos argumentos jurídicos". Se refería al dictamen del Consejo de Garantías Estatutarias, uno de esos chiringuitos que ahora llaman Estructuras de Estado y que, en realidad, sirven para que los diferentes partidos puedan ir colocando a los suyos. Sus opiniones no son vinculantes y, de hecho, cuando señalaron diferentes aspectos inconstitucionales del Estatuto de Cataluña, nadie les hizo ni caso y luego hubo rasgamientos de vestiduras cuando el Tribunal Constitucional llegó a las mismas conclusiones. Ahora, sin embargo, parece que lo que dice este organismo va a misa. Cosas del Procés.
Según el artículo 149.1.32º de la Constitución Española, la competencia para la autorización de referéndums es exclusivamente estatal, así que, a partir de esto, parece difícil que una Comunidad Autónoma como Cataluña pueda convocarlos
Más allá de esto, cuesta ver esos sólidos argumentos de los que habla Homs cuando cuatro de los nueve miembros han emitido votos en contra. Casualmente –y no es que quiera ser malpensada-, los cinco que han votado a favor son los designados por CiU y ERC. Según el artículo 149.1.32º de la Constitución Española, la competencia para la autorización de referéndums es exclusivamente estatal, así que, a partir de esto, parece difícil que una Comunidad Autónoma como Cataluña pueda convocarlos. Pero no pasa nada, que no se puede hacer un referéndum, pues le cambiamos el nombre y ya está. Como esas personas que sienten un horror atávico a la palabra serpiente y le llaman bicha. Un eufemismo de toda la vida, vaya.
Hace unos meses, participé en la tertulia televisiva Olla de Grills y la diputada de CiU Meritxell Borràs explicó que no se haría un referéndum sino una consulta y, ante mi estupefacción, afirmó que la diferencia consistía en que el primero era vinculante y la segunda, no. Yo no veía la diferencia porque en España, los referéndums consultivos no son vinculantes y así se lo hice saber. Ella negó que lo que yo estuviera diciendo fuera cierto porque "yo no lo veo así" y siguió insistiendo en su posición hasta que Mercè Roura, presentadora del programa, intervino discretamente para señalar que, efectivamente, los referéndums no son vinculantes. Pese a esto, la diputada seguía insistiendo en que eran diferentes y ese ser o no ser vinculante acabó en una "cuestión de matiz".

Me ha venido a la memoria este episodio tras hacerse público el dictamen del citado Consejo porque sus argumentos me han recordado –y no deja de ser otra casualidad llamativa- bastante a los de Borràs. Así, por ejemplo, en la página 30 de dicho documento se afirma que: "Esto se sostiene, por parte de quienes defienden esta interpretación, con carácter absoluto y excluyente: negando la posibilidad de articular ningún otro instrumento de participación que permita la obtención de la opinión ciudadana sobre asuntos de relevancia política, sin entrar a valorar los términos concretos en que se pueda formular la consulta o, lo más importante, sin tomar en consideración que las consecuencias políticas y jurídicas serían diversas y de diferente intensidad en un caso o en otro".
Da igual que lo llamen "referéndum" o "consulta", lo que se está proponiendo es preguntar sobre la separación de una parte del territorio y Cataluña no tiene competencia para hacerlo
En este fragmento me resuenan ecos de los más manidos mantras de los pro-consulta, a saber, que los otros siempre son cerriles, demasiado pegados a una visión formalista del derecho y poco dispuestos a que la ciudadanía se pueda expresar. Al margen de que nunca se ha visto que, por ejemplo, CiU tenga demasiado interés en conocer esta opinión más allá del tema estrella de las dos últimas temporadas, no hay duda de que la conclusión acaba siendo la misma que la de la atribulada diputada en Olla de Grills: la diferencia radica entre lo vinculante que pueda ser uno u otro resultado soslayando, por una parte, que en España los referéndums no son vinculantes y por otra que, obviamente, si se interroga a la población sobre un tema tan trascendente como es la secesión, es para tener en cuenta el resultado porque, de lo contrario, estaríamos ante una macro-encuesta. O ante una inmensa tomadura de pelo.
Da igual que lo llamen "referéndum" o "consulta", lo que se está proponiendo es preguntar sobre la separación de una parte del territorio y Cataluña no tiene competencia para hacerlo. Cambiarle el nombre hace que la supuesta "consulta" sea, en realidad, "un tipo de referéndum simulado", escondido tras el falso sintagma "consultas populares no referendatarias", como señala Eliseo Aja en la justificación de su voto particular en contra (pp. 106-7). Aja insiste también en que la coletilla "no referendataria" –que suena aexcusatio non petita accusatio manifesta- no cambia la realidad de las cosas: lo que pretenden es hacer un referéndum de autodeterminación por mucho que lo llamen consulta porque, a efectos prácticos, no hay quien vea la diferencia.
Este artículo fue publicado en Crónica Global (29-08-14)

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