Muchos nacionalistas “periféricos” suelen reclamar en España el ejercicio al derecho de autodeterminación. Consideran que ese es un derecho democrático reconocido por la ONU y que, por lo tanto, si una parte de España desea independizarse del resto tiene que poder hacerlo. En estos términos se expresa Gurutz Jáuregui Bereciartu cuando dice esto: “Una nación que en su momento resultó integrada en un determinado Estado nacional, decide en un determinado momento concreto replantear su situación vigente en el marco de ese Estado nacional. Es aquí donde debe incidir el derecho de autodeterminación como derecho democrático, en cuanto que constituye expresión soberana ―siempre que efectivamente se produzca tal expresión soberana― de un pueblo o nación” (Contra el Estado-nación. En torno al hecho y la cuestión nacional, Siglo XXI, 1986, p. 217; el subrayado es mío).
Estas
afirmaciones esconden varias falsedades. La primera de ellas es confundir el
“derecho a la autodeterminación” con el “derecho a la secesión unilateral”, que
es lo que defienden estos nacionalistas. Es, además, falso decir que la ONU
defiende este derecho entendido de la forma como ellos lo entienden. Tal como
afirma Alfredo Cruz Prados “la resolución 2.625 (XXV), de 24 de octubre de
1970, precisa que el principio de la libre determinación de los pueblos no
significa el reconocimiento del derecho a la secesión” (El nacionalismo. Una ideología, Tecnos, 2005, p. 177). En la citada
resolución de 1970, después de reconocer el derecho a la libre determinación de
los pueblos como una forma de poner fin al colonialismo, se lee lo siguiente en
la pág. 132 de la versión española: “Ninguna de las disposiciones de los
párrafos precedentes se entenderá en el sentido que autoriza o fomenta acción
alguna encaminada a quebrantar o menoscabar, total o parcialmente, la
integridad territorial de los Estados soberanos e independientes que se
conduzcan de conformidad con el principio de la igualdad de derechos y de la
libre determinación de los pueblos antes descrito y estén, por tanto, dotados
de un gobierno que represente a la totalidad del pueblo perteneciente al
territorio, sin distinción por motivos de raza, credo o color”. Un poco más
adelante se afirma que “la integridad territorial y la independencia política
del Estado son inviolables”. Los que defienden el derecho a la secesión
unilateral invocando las resoluciones de la ONU lo único que hacen es mostrar
su desconocimiento de las fuentes.
La
aceptación del derecho a la secesión unilateral conduciría al mundo al caos y
podría generar multitud de conflictos armados. Allen Buchanan nos alerta de
estos peligros cuando afirma lo siguiente: “Un Estado que codicie parte del
territorio de su vecino puede apoyar, estimular o incluso simular movimientos
secesionistas entre sus connacionales del otro lado de la frontera, que
«languidecen bajo una férula extranjera». En estos casos, una injusta anexión
puede enmascararse tras las aparentemente legítimas banderas de la
autodeterminación y los derechos de las minorías. Para encontrar ejemplos, no
es preciso retrotraerse hasta la anexión de los Sudetes por parte de Hitler;
los movimientos de secesionismo irredento en Kosovo, Crimena y Transilvania
plantean riesgos similares” (La moral del nacionalismo, II, Gedisa,
2003, p. 158).
Un ejercicio del derecho a la autodeterminación como el que proponen los
nacionalistas “periféricos” españoles solo podría ser aceptado en situaciones
excepciones: “El derecho a la secesión se considera como un remedio al que ha
de acudirse como último recurso para reparar graves injusticias, no como un
derecho general de los grupos y tampoco como un derecho de ciertos tipos de
grupos (las “naciones”, los “pueblos”, etcétera, en tanto que tales). Entre
todos los agravios que considero capaces de proporcionar los fundamentos
primordiales de la justificación de la secesión, los principales son estos: a)
la existencia de persistentes y graves violaciones de los derechos humanos individuales,
y b) una injusta apropiación de territorios no reparada”. (Allen
Buchanan, op. cit., p. 170). Ninguna de estas dos situaciones se da
en España.
El derecho a la
secesión solo está justificado en circunstancias extremas, tal como señala
Buchanan: “Si un Estado persiste en cometer graves violaciones de los derechos
humanos de una minoría en el interior de sus fronteras, es permisible que ese
grupo trate de establecer su propio Estado como forma de obtener un santuario
con el que protegerse contra la persecución, en caso de que no se disponga de
ningún otro recurso. O bien, si, como sucedió en el caso de las repúblicas
bálticas, un Estado soberano se ha visto injustamente anexionado, la secesión
puede considerarse como una legítima rectificación de esa injusticia”.
Ya
que no nos encontramos en España en ninguna de las situaciones de
excepcionalidad que este autor señala acertadamente considero que no es
legítimo que se ejerza ese derecho a la secesión unilateral. Si hay gente
en algunas autonomías que desea la independencia de un territorio del resto lo
que deben hacer es convencer a la mayoría de los españoles de la necesidad de
modificar la Constitución. La independencia de una parte de nuestro territorio
es algo que nos afecta a todos y, por lo tanto, todos los ciudadanos de España
deben poder decidir democráticamente lo que quieren que sea su país en el
futuro.
Resolución 2625 de 24 de octubre de 1970 de la ONU
Fragmento de la resolución:
“Ninguna de las disposiciones de los
párrafos precedentes se entenderá en el sentido de que autoriza o fomenta
cualquier acción encaminada a quebrantar o menospreciar, total o parcialmente,
la integridad territorial de Estados soberanos e independientes que se
conduzcan de conformidad con el principio de la igualdad de derechos y de la
libre determinación de los pueblos antes descritos y estén, por tanto dotados
de un gobierno que represente a la totalidad del pueblo perteneciente al
territorio, sin distinción por motivo de raza, credo o color”.
El derecho a la autodeterminación
(llamada aquí "libre determinación") debe entenderse como el
derecho al autogobierno democrático sin discriminaciones, no como el derecho de
una parte de un Estado soberano a la secesión unilateral de ese Estado, algo
contrario a las resoluciones de la ONU.
Roberto Augusto
Roberto Augusto
Gracias por el intento de incorporar reflexión y sentido comun al debate secesionista. No es admisible q nos estemos jugando nuestra pertenencia colectiva y el futuro de nuestros hijos a partir desde el marketing barato y las tripas emocionales. El papel de politicos y comunicadores en la fractura social y afectiva q se esta produciendo es lo mas desgraciado q le podia pasar a Cataluña y España. Ojala podais enmendarles la plana!
ResponderEliminarGracias a ti. En este asunto hay demasiada visceralidad y poca reflexión.
ResponderEliminarMagnífico artículo que mucha gente tendría que leer; ojalá tenga mucha difusión. Felicidades, Roberto.
ResponderEliminarTe agradezco tus amables palabras Zacarías. Un abrazo.
EliminarLa reflexión nace como fruto de un acto personal destinado a mejorar nuestra comprensión y, en consecuencia, de buscar el modus operandi que nos permita tomar decisiones o, simplemente, encauzar adecuadamente las visicitudes acontecidas en nuestras vidas. Una labor por tanto, necesaria, fruto de un acto que debiera ser cotidiano y que, en el caso de los nacionalistas, ha quedado relegado a un simple reflejo, obviando la importancia de una cuestión que afecta indefectiblemente a nuestro quehacer diario. Gracias por incentivar la reflexión, gracias por fomentarla abiertamente, por contrastarla con lo que debe ser contrastado y por dejar en evidencia la irreflexión instintiva y demagógica nacida de la manipulación más vil. Gracias. (Oscar)
ResponderEliminarGracias Óscar por tu amable comentario. Por desgracia el nacionalismo habla desde la visceralidad y se dedica a fomentar el egoísmo y la división. Se alimenta del odio al otro más que del amor a lo propio. Por eso es una ideología destructiva que únicamente divide y enfrenta a las personas.
EliminarMuy buen artículo. Enhorabuena.
ResponderEliminarBuenas tardes! Muy buen artículo, Sinembargo quisiera comentar varias cosas.
ResponderEliminarSin ser un entendido, leo su artículo y creo vislumbrar una pequeña confusión. A mi parecer, usted utiliza las citas cómo argumentos por autoridad o aún más: ¡Confiere a las palabras de estos hombres la calidad de ley! Pero verá incluso suponiendo que la ley sea así, que la ONU y España misma no accepte este derecho ni ninguno de los nombres que ud. ha citado, ¿y yo me pregunto qué és la ley? ¿la acción humana no puede romper la ley? ¿acaso no la acatamos porque queremos? En su discurso parece que la ley se entienda como una entidad perteneciente al real que actua cómo límite y que es inquestionable. Sinembargo, ud., cómo tantos otros, acceptó de corazón una mistificación o reificación de la ley.Desde este punto de vista, me siento súbdito y no ciudadano. Le recomiendo vivamente É. de la Boetié, Maquiavelo, Spinoza o Foucault: La ley, el estado y todo lo demás no ejerce más poder que el que nosotros estamos dispuestos a cederle. Y es por la utilidad ( en el caso de Spinoza) que los individuos se adhieren o se mantienen en el estado. Si el estado no puede aportar (seguirdad y esperanza en Spinoza), de nada nos sirve. Ya solo por culminar, desde mi punto de vista, no hay ley, palabra ni discurso por encima de la libertad, pese que entiendo necesario sospesar bien si no acatar la ley nos será más útil o no. (Pd: disculpen las múltiples faltas de ortografía, no dispongo de tiempo).
De entrada diré que soy contrario a la independencia de Cataluña. Pero me hago una pregunta: si una parte (con una mayoría tan reforzada como se desee) de la población de un país desea separarse del mismo y ello es viable, ¿qué argumento puede esgrimir el resto de la población para imponerle la permanencia en el Estado? En toda asociación o comunidad se reconoce el derecho de separación. ¿Qué argumentación permite excluir este derecho cuando se trata de la pertenencia a un Estado?
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